Auto Supremo AS/0775/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0775/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Los recurrentes refieren que en la primera apelación restringida que plantearon, denunciaron falta de fundamentación


Los recurrentes refieren que en la primera apelación restringida que plantearon, denunciaron falta de fundamentación de la pena, extremo sobre el que el Auto de Vista inicial, determinó que el juez A quo realizó una referencia amplia de las razones y motivos que motivaron el fallo de instancia, señalando que por su edad avanzada y estado de salud, no tuvieron participación activa; sin embargo, se hallaban en posesión de las habitaciones con acceso libre e ilimitado, adecuando así su conducta al ilícito de Despojo. Al respecto, afirman que dicha Resolución al no haber tomado en cuenta los principios que rigen la calificación de la pena, fue dejada sin efecto por el Auto Supremo 049/2014-RRC de 20 de febrero, afirmando que el Tribunal Supremo estableció que la pena no es el resultado de una simple operación lógica sino de la valoración de los hechos y del imputado mismo, su personalidad, la motivación y otras circunstancias concomitantes, siendo el punto de partida para determinar la aplicación de la pena, el marco normativo del delito, la identificación de qué aspectos o circunstancias agravan la misma y cuáles la atenúan, debiendo considerarse los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, para su determinación, resaltando que, en todo caso, los miembros del Tribunal de alzada “sólo tenían que cumplir el A.S. 049/2014” (sic)