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2. Que, asimismo la vulneración del principio de continuidad en el juicio referida, se evidencia que los recurrentes en su recurso de apelación no hacen referencia a los actos procesales específicos en los cuales considera se hubiera vulnerado el principio de continuidad, asimismo no refiere el agravio sufrido, sin embargo de la revisión de los antecedentes de presente caso se establece que las suspensiones de las audiencias de juicio oral se encuentra debidamente justificadas conforme lo establece el Código de Procedimiento Penal, no siendo evidente la existencia de defectos absolutos referentes al principio de continuidad
- Parte Acusadora:Ministerio Público – Faustino Fernández Choque – Diego Calle Pairumani
- Los memoriales presentados por Norberto Rojas Carrillo (a fojas 3087 a 4006 vta
- I.1. Antecedentes
- I.1.2. Del motivo del recurso de casación
- a)los alcances del principio de continuidad del juicio oral, público y contradictorio, con relación a
- c)la determinación de los alcances de la incongruencia omisiva y la falta de fundamentación, así
- f)la convocatoria a una autoridad Judicial, para que esta dirima la causa, la obligación de
- I.1.3. Petitorio
- Mediante el Auto Supremo 686/2014-RA de 28 de noviembre, se admitieron lostres recursos de casación
- II.1. Acusación formal
- Ingavi del departamento de La Paz, con planimetría aprobada mediante RM No
- II.2. Acusación particular
- En calidad de apoderados legales de la Asociación de Comerciantes Minoristas 2 de Marzo, mediante
- Durante la gestión 2000 y 2001 la directiva adquieren 3 lotes de terreno en un
- II.3. Sentencia
- II.3. Apelación
- recurso y confirmo la Sentencia Apelada
- II.4. Auto de Vista impugnado
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 19/2014 de 9 de mayo, que
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- primordiales del recurso de casación es la de uniformar la jurisprudencia, la que debe ser
- Delos precedentes contradictorios invocados para demostrar el primer motivo referido a la vulneración al debido
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se advierte que el recurrente afirma
- Asimismo, la falta de pronunciamiento respecto de un motivo de alzada, sin que exista decisión
- Remitiéndonos al Auto de Vista impugnado y contrastado con el tenor del recurso de apelación
- De lo expuesto y tomando en cuenta que el pronunciamiento sobre la excepción de prescripción
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
