El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 19/2014 de 9 de mayo, que
El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 19/2014 de 9 de mayo, que al resolver los motivos de los recursos de apelación restringida, en el CONSIDERANDO II, concluyó señalando que: “I. Con relación a la vulneración del Principio de continuidad y violación de los Arts. 329, 334 y 335 del Código Adjetivo penal, bajo el argumento que no se habría señalado en horas hábiles y se suspendieron por variasoportunidades; de la revisión de los datos del presente proceso se establece que desde la apertura del juicio oral si bien se han suspendido las audiencias sin embargo los principios de inmediación y continuidad debe considerarse la doctrina legal aplicable sentada por el Auto Supremo No. 40/2012 de la Sala Penal Liquidadora, siendo que en el caso de autos, el recurrente no acreditó objetivamente los derechos y garantías que se hubiese vulnerado o que hubieran creado afectación al principio de continuidad e inmediación del juicio, más aún si las suspensiones realizadas se encuentran debidamente justificadas en las actas de juicio, señalando el motivo de las mismas, sin que se haya demostrado la generación de defectos procedimentales que provoque indefensión material y que además sean determinantes para la decisión judicial adoptado en el proceso
- Parte Acusadora:Ministerio Público – Faustino Fernández Choque – Diego Calle Pairumani
- Los memoriales presentados por Norberto Rojas Carrillo (a fojas 3087 a 4006 vta
- I.1. Antecedentes
- I.1.2. Del motivo del recurso de casación
- a)los alcances del principio de continuidad del juicio oral, público y contradictorio, con relación a
- c)la determinación de los alcances de la incongruencia omisiva y la falta de fundamentación, así
- f)la convocatoria a una autoridad Judicial, para que esta dirima la causa, la obligación de
- I.1.3. Petitorio
- Mediante el Auto Supremo 686/2014-RA de 28 de noviembre, se admitieron lostres recursos de casación
- II.1. Acusación formal
- Ingavi del departamento de La Paz, con planimetría aprobada mediante RM No
- II.2. Acusación particular
- En calidad de apoderados legales de la Asociación de Comerciantes Minoristas 2 de Marzo, mediante
- Durante la gestión 2000 y 2001 la directiva adquieren 3 lotes de terreno en un
- II.3. Sentencia
- II.3. Apelación
- recurso y confirmo la Sentencia Apelada
- II.4. Auto de Vista impugnado
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 19/2014 de 9 de mayo, que
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- primordiales del recurso de casación es la de uniformar la jurisprudencia, la que debe ser
- Delos precedentes contradictorios invocados para demostrar el primer motivo referido a la vulneración al debido
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se advierte que el recurrente afirma
- Asimismo, la falta de pronunciamiento respecto de un motivo de alzada, sin que exista decisión
- Remitiéndonos al Auto de Vista impugnado y contrastado con el tenor del recurso de apelación
- De lo expuesto y tomando en cuenta que el pronunciamiento sobre la excepción de prescripción
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
