Auto Supremo AS/0780/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2014

Fecha: 30-Dic-2014

El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 19/2014 de 9 de mayo, que


El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 19/2014 de 9 de mayo, que al resolver los motivos de los recursos de apelación restringida, en el CONSIDERANDO II, concluyó señalando que: “I. Con relación a la vulneración del Principio de continuidad y violación de los Arts. 329, 334 y 335 del Código Adjetivo penal, bajo el argumento que no se habría señalado en horas hábiles y se suspendieron por variasoportunidades; de la revisión de los datos del presente proceso se establece que desde la apertura del juicio oral si bien se han suspendido las audiencias sin embargo los principios de inmediación y continuidad debe considerarse la doctrina legal aplicable sentada por el Auto Supremo No. 40/2012 de la Sala Penal Liquidadora, siendo que en el caso de autos, el recurrente no acreditó objetivamente los derechos y garantías que se hubiese vulnerado o que hubieran creado afectación al principio de continuidad e inmediación del juicio, más aún si las suspensiones realizadas se encuentran debidamente justificadas en las actas de juicio, señalando el motivo de las mismas, sin que se haya demostrado la generación de defectos procedimentales que provoque indefensión material y que además sean determinantes para la decisión judicial adoptado en el proceso