I.1.2. Del motivo del recurso de casación
A fin de establecer y determinar el alcance del recurso de Casación es necesario, establecer los antecedentes relevantes dentro del proceso penal objeto del recurso de casación. El Querellante y víctima es la Asociación de Comerciantes Minoristas de Primera Necesidad y Varios “2 de Marzo”, la representación de la Asociación se encuentra acreditada por los Testimonios de Poder cursantes en obrados y que fuera otorgado por la Directiva de la Asociaciónn. Siendo el objeto central del litigio el alcance y legalidad del Poder No 1238/2002, otorgado el 2 de diciembre de 2002, ante el Notario de Fe Publica Macario Alejandro Maydana Quispe. Poder que designa como mandatarios a los ahora imputados, el Poder fue conferido por los ciudadanos Martina Callizaya de Mendoza, Clemente Tarqui Ichuta, Ángel Mamani Canqui, Nicomedes Chambi Tito, Marcelino Baltazar Aguilar, Constantino Mamani Apaza, Miguel Huanca Huanca, Juana Chávez de Asistiri, Eustaquia Pabon de Mamani, Adela Suxo Condori, Raquel Condori de Bautista, Justa Ticona Ticona, Silverio Mamani Nina, en su condición de miembros del Directorio de la Asociación de Comerciantes Minoristas Dos de Marzo. El Poder es otorgado para realizar los trámites de regularización de la Urbanización Dos de Marzo, estableciendo dicho Poder la facultad de: “transferir lotes de terrenos de la mencionada Urbanización.” La acusación sostiene que los imputados no estaban facultados a vender los lotes de terreno y la Sentencia establece la culpabilidad de los imputados basado en la venta de los lotes de terreno, afirmando que los imputados no estaban facultados a realizar la transferencia.
I.1.2. Del motivo del recurso de casación
- Parte Acusadora:Ministerio Público – Faustino Fernández Choque – Diego Calle Pairumani
- Los memoriales presentados por Norberto Rojas Carrillo (a fojas 3087 a 4006 vta
- I.1. Antecedentes
- I.1.2. Del motivo del recurso de casación
- a)los alcances del principio de continuidad del juicio oral, público y contradictorio, con relación a
- c)la determinación de los alcances de la incongruencia omisiva y la falta de fundamentación, así
- f)la convocatoria a una autoridad Judicial, para que esta dirima la causa, la obligación de
- I.1.3. Petitorio
- Mediante el Auto Supremo 686/2014-RA de 28 de noviembre, se admitieron lostres recursos de casación
- II.1. Acusación formal
- Ingavi del departamento de La Paz, con planimetría aprobada mediante RM No
- II.2. Acusación particular
- En calidad de apoderados legales de la Asociación de Comerciantes Minoristas 2 de Marzo, mediante
- Durante la gestión 2000 y 2001 la directiva adquieren 3 lotes de terreno en un
- II.3. Sentencia
- II.3. Apelación
- recurso y confirmo la Sentencia Apelada
- II.4. Auto de Vista impugnado
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 19/2014 de 9 de mayo, que
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- primordiales del recurso de casación es la de uniformar la jurisprudencia, la que debe ser
- Delos precedentes contradictorios invocados para demostrar el primer motivo referido a la vulneración al debido
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se advierte que el recurrente afirma
- Asimismo, la falta de pronunciamiento respecto de un motivo de alzada, sin que exista decisión
- Remitiéndonos al Auto de Vista impugnado y contrastado con el tenor del recurso de apelación
- De lo expuesto y tomando en cuenta que el pronunciamiento sobre la excepción de prescripción
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
