Auto Supremo AS/0780/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Asimismo, la falta de pronunciamiento respecto de un motivo de alzada, sin que exista decisión


Asimismo, la falta de pronunciamiento respecto de un motivo de alzada, sin que exista decisión razonable o "decisión implícita", implica, de igual manera, defecto absoluto y vulnera el artículo 398 de la Ley Nro. 1970. En consecuencia, la indebida fundamentación y motivación del Auto de Vista, así como la falta de pronunciamiento ya aludida, implica defecto absoluto inconvalidable al tenor del artículo 169 inciso 3) del Código de Procedimiento Penal” (sic)