Auto Supremo AS/0003/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2014-RRC

Fecha: 10-Feb-2014

A partir de la precisión anterior y en consideración a los cinco componentes contenidos en


A partir de la precisión anterior y en consideración a los cinco componentes contenidos en el primero motivo sujeto al presente análisis de fondo, se evidencia que el Tribunal de apelación respecto al inc. a) relativo a que el Tribunal de Sentencia no valoró que la apelación restringida no fue interpuesta para dilatar el proceso, no se pronunció de manera fundamentada conforme dispone el art. 124 del CPP, incurriendo en una incongruencia omisiva o ex silentio, vulnerando el derecho que tiene el recurrente a una respuesta fundada de hecho y derecho, lo cual no significa que debe ser extensa pero si expresa, clara, completa, legítima y lógica; asimismo, esta omisión en la que incurrieron los Vocales es contrario a los Autos Supremos invocados, de los cuales se extrae la doctrina legal referida a la obligatoriedad que tiene todo tribunal de responder a todos los puntos denunciados, en este caso a su apelación restringida, lo cual en el presente no sucedió, vulnerando con ello el derecho al debido proceso y a la defensa