Auto Supremo AS/0102/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2014-RRC

Fecha: 07-Abr-2014

En este contexto, el Tribunal de casación fundamentó que el Tribunal de apelación refirió que


En este contexto, el Tribunal de casación fundamentó que el Tribunal de apelación refirió que se incurre en defectos absolutos por basarse la Sentencia en elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio por su lectura y existir valoración defectuosa de la prueba, sin señalar el apelante, qué norma se aplicó erróneamente o se inobservó, porque consideró que la Resolución es contradictoria o no este fundamentada, y sin indicar en qué consiste la contradicción entre la parte dispositiva con la considerativa, evidenciándose la falta de motivación en las denuncias expresadas en el recurso de apelación restringida, al no considerar el apelante lo previsto por el art. 408 del CPP, limitándose a englobar sus denuncias y reclamar la vulneración del art. 370 incs. 1), 4), 6), 8) y 10) del CPP, correspondiendo precisar que, una vez interpuesto el recurso de apelación restringida se hará saber al recurrente de la existencia de defectos u omisiones para ser subsanadas y si persisten los defectos, se rechazará la apelación