Auto Supremo AS/0102/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2014-RRC

Fecha: 07-Abr-2014

La apelación de Lidia Mamani Acosta arguye: que el Tribunal de juicio no valoró correctamente


La apelación de Lidia Mamani Acosta arguye: que el Tribunal de juicio no valoró correctamente la prueba respecto del certificado médico forense, ya que no se tomó en cuenta que la menor fue abusada desde el mes de febrero, por lo cual se estableció como desgarro antiguo; asimismo, en la exposición del punto III.2.2. indica la Sentencia que no se probó que el acusado, diciendo “canchis, canchis” hubiere tapado la boca y empezado a bajar el buzo a la menor, cuando en realidad la niña “declaró en el juicio en calidad de testigo y explicó a detalle como habrían ocurrido los hechos y como había sido víctima de agresión sexual en reiteradas oportunidades por parte de Valentín Condori Tiñini, pero el tribunal no toma en cuenta esta declaración desmereciéndola de valor probatorio” (sic). También denuncia violación del principio de seguridad jurídica, igualdad procesal, actividad procesal defectuosa; que la Sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP; y, defecto de sentencia conforme el art. 370 inc. 5) de la norma adjetiva penal