Auto Supremo AS/0222/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2014

Fecha: 15-May-2014

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Señala que conforme al art. 3 inc. 1) del Código de Procedimiento Civil, es deber del Juez que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad y que de acuerdo al art. 4 inc. 4) exige que las pruebas sean consideradas como necesarias, sea conducentes para el esclarecimiento del hecho, asimismo señala que el art. 190 del adjetivo de la materia, refiere que la sentencia pondrá fin al litigio y contendrá decisiones expresas, positivas y precisas, recaerá sobre las cosas litigadas en la manera en que hubieren sido demandadas absolviendo o condenando al demandado