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AUTO SUPREMO Nº 161/2014
Sucre, 04 de junio de 2014
EXPEDIENTE: S.692/2009
DISTRITO: Tarija
VISTOS: Los recursos de casación en el fondo y en la forma de fojas 123 a 125, interpuesto por Karla V. Rivera de Antezana en representación legal del Sindicato de Trabajadores de I.A.B.S.A., en virtud del Testimonio de Poder Nº 225/2009 de 6 de abril de 2009, otorgado por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Industrias Agrícolas de Bermejo, Alfredo Gonzalo Aguirre Ampuero ante la Notaría de Fe Pública Nº 3 de Bermejo correspondiente al Distrito Judicial de Tarija, a cargo de Elizabeth Albornóz Gareca (fojas 106 a 108); y de casación en el fondo de fojas 129 a 131 interpuesto por Pablo Eduardo Hoyos Céspedes contra el Auto de Vista de 5 de octubre de 2009 de fojas 119 a 121 emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales y derechos laborales seguido por Pablo Eduardo Hoyos Céspedes contra el Sindicato de Trabajadores de I.A.B.S.A., memorial de respuesta de fojas 7 a 8, el Auto de concesión del recurso de fojas 136, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija, emitió la Sentencia de 8 de mayo de 2009 (fojas 73 a 76), declarando:
1.PROBADA EN PARTE la demanda de derechos laborales de fojas 2 a 4, incoada por Pablo Eduardo Hoyos Céspedes contra el Sindicato de Trabajadores de Industrias Agrícolas de Bermejo S.A., debiendo cancelar la parte demandada al actor la suma de Bs. 15.766,48 por concepto de derechos laborales más costas, de acuerdo al siguiente detalle:
Inicio: 1 de Junio de 2006 Conclusión: 28 de febrero de 2007
Salario Indemnizable: Bs. 1.840,00.-
Inicio: 1 de Junio de 2007 Conclusión: 30 de diciembre de 2007
Salario Indemnizable: Bs. 1.813,00.-
Record: Dos temporadas 9 y 6 meses
Indemnización: Bs. 2.286,48
Bono de Frontera: Bs. 3.840,00
Aguinaldo (doble) Bs. 3.600,00
Trabajo domingos, feriados: Bs. 6.040,00
TOTAL: Bs. 15.766,48
2.- PARCIALMENTE PROBADA la excepción de prescripción opuesta a fojas 7 a 8
Sucre, 04 de junio de 2014
EXPEDIENTE: S.692/2009
DISTRITO: Tarija
VISTOS: Los recursos de casación en el fondo y en la forma de fojas 123 a 125, interpuesto por Karla V. Rivera de Antezana en representación legal del Sindicato de Trabajadores de I.A.B.S.A., en virtud del Testimonio de Poder Nº 225/2009 de 6 de abril de 2009, otorgado por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Industrias Agrícolas de Bermejo, Alfredo Gonzalo Aguirre Ampuero ante la Notaría de Fe Pública Nº 3 de Bermejo correspondiente al Distrito Judicial de Tarija, a cargo de Elizabeth Albornóz Gareca (fojas 106 a 108); y de casación en el fondo de fojas 129 a 131 interpuesto por Pablo Eduardo Hoyos Céspedes contra el Auto de Vista de 5 de octubre de 2009 de fojas 119 a 121 emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales y derechos laborales seguido por Pablo Eduardo Hoyos Céspedes contra el Sindicato de Trabajadores de I.A.B.S.A., memorial de respuesta de fojas 7 a 8, el Auto de concesión del recurso de fojas 136, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija, emitió la Sentencia de 8 de mayo de 2009 (fojas 73 a 76), declarando:
1.PROBADA EN PARTE la demanda de derechos laborales de fojas 2 a 4, incoada por Pablo Eduardo Hoyos Céspedes contra el Sindicato de Trabajadores de Industrias Agrícolas de Bermejo S.A., debiendo cancelar la parte demandada al actor la suma de Bs. 15.766,48 por concepto de derechos laborales más costas, de acuerdo al siguiente detalle:
Inicio: 1 de Junio de 2006 Conclusión: 28 de febrero de 2007
Salario Indemnizable: Bs. 1.840,00.-
Inicio: 1 de Junio de 2007 Conclusión: 30 de diciembre de 2007
Salario Indemnizable: Bs. 1.813,00.-
Record: Dos temporadas 9 y 6 meses
Indemnización: Bs. 2.286,48
Bono de Frontera: Bs. 3.840,00
Aguinaldo (doble) Bs. 3.600,00
Trabajo domingos, feriados: Bs. 6.040,00
TOTAL: Bs. 15.766,48
2.- PARCIALMENTE PROBADA la excepción de prescripción opuesta a fojas 7 a 8
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- En otro punto, acusa infracción al parágrafo I del artículo 232 y 331 del Código
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- Prosigue argumentando que lo propio sucedió con la prueba de reciente obtención, ya que consta
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- V
- VI
- Concluye el memorial solicitando al Tribunal dictar el Auto Supremo Anulando el Auto de Vista
- En el Fondo
- Expresa además, que lo cierto es que fue notificado el 21 de mayo de 2009,
- Finalmente, pide al Tribunal Supremo, que previa compulsa de los datos del proceso casen la
- Antes de ingresar al análisis del recurso interpuesto, cabe considerar que, en cumplimiento del artículo
- Sobre la acusación realizada por el recurrente Pablo Eduardo Hoyos Céspedes, en sentido de que
- En este contexto, el Tribunal Ad quem erróneamente y sin fundamentación legal válida respecto a
- Que, en el marco legal descrito, al haberse evidenciado la violación de normas de orden
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- Con multa a los Vocales que suscriben el Auto de Vista de 5 de octubre
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
