Auto Supremo AS/0161/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2014

Fecha: 04-Jun-2014

En otro punto, acusa infracción al parágrafo I del artículo 232 y 331 del Código


Expresa que el Auto de Vista, confirma que no se ha cumplido con las normas procesales, al justificar que se hubiera producido prueba fuera del término probatorio y de ser evidente este hecho, debería disponerse de oficio la nulidad.

En otro punto, acusa infracción al parágrafo I del artículo 232 y 331 del Código de Procedimiento Civil, porque el Auto de Vista impugnado, no valoró la prueba de reciente obtención infringiendo el parágrafo II del artículo 397 del Código de Procedimiento Civil, causando indefensión, vulnerando el derecho a la defensa, al debido proceso y violando el inciso 2) del artículo 15 de la Constitución Política del Estado