Auto Supremo AS/0161/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2014

Fecha: 04-Jun-2014

IV


IV. Prueba de reciente obtención. Expresa que el Tribunal de Alzada al aceptar la prueba de segunda instancia y no haber señalado día y hora para juramento, se negó a valorar la prueba de descargo en segunda instancia ofrecida en tiempo hábil, decisión que vulnera el derecho a la defensa, al debido proceso y a lo peticionado, infringiendo el parágrafo I del artículo 232, artículos 233 y 331 del Código de Procedimiento Civil y 208 del Código Procesal del Trabajo.

Citando los Autos Supremos Nº 164 de 22 marzo de 1994, Nº 107 de 25 de febrero de 1994 y Nº 197 de 8 de julio de 1998.

IV. Relación obrero patronal. Acusa que el Tribunal de Apelación incurrió en infracción del artículo 2 de la Ley General del Trabajo, del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 y del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28699, ya que existe abundante prueba de descargo, corroborada por la prueba de cargo, que demuestra que el demandante no trabajó para el Sindicato de Trabajadores de I.A.B.S.A., es decir se demostró que no existía relación de dependencia laboral del actor con el sindicato demandado. Cita al respecto, los Autos Supremos Nº 13/1980 de 11 de febrero, Nº 176/1988 de 29 de julio y Nº 127/1984 de 19 de junio