Expresa además, que lo cierto es que fue notificado el 21 de mayo de 2009,
Expresa además, que lo cierto es que fue notificado el 21 de mayo de 2009, el recurso de apelación fue presentado el 26 de mayo de 2009, no el mes de septiembre como refiere el Auto de Vista; y, aplicando el artículo 205 del Código Procesal del Trabajo, el recurso se encuentra dentro de término, éste artículo no refiere que la notificación y el término correrán de momento a momento. Incumpliendo las previsiones del artículo 410 de la Constitución Política del Estado, 5 de la Ley de Organización Judicial y 205 del Código Procesal del Trabajo
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- I
- En otro punto, acusa infracción al parágrafo I del artículo 232 y 331 del Código
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- Prosigue argumentando que lo propio sucedió con la prueba de reciente obtención, ya que consta
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- V
- VI
- Concluye el memorial solicitando al Tribunal dictar el Auto Supremo Anulando el Auto de Vista
- En el Fondo
- Expresa además, que lo cierto es que fue notificado el 21 de mayo de 2009,
- Finalmente, pide al Tribunal Supremo, que previa compulsa de los datos del proceso casen la
- Antes de ingresar al análisis del recurso interpuesto, cabe considerar que, en cumplimiento del artículo
- Sobre la acusación realizada por el recurrente Pablo Eduardo Hoyos Céspedes, en sentido de que
- En este contexto, el Tribunal Ad quem erróneamente y sin fundamentación legal válida respecto a
- Que, en el marco legal descrito, al haberse evidenciado la violación de normas de orden
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- Con multa a los Vocales que suscriben el Auto de Vista de 5 de octubre
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
