Auto Supremo AS/0197/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2014

Fecha: 06-Jun-2014

CONSIDERANDO: que, el artículo 203 de

CONSIDERANDO: que, el artículo 203 de la Constitución Política del Estado, determina: “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno”, disposición concordante con el artículo 15 parágrafo I y II del Código Procesal Constitucional; además, que el Tribunal Constitucional Plurinacional y las Juezas, Jueces y Tribunales de garantías constitucionales adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones, artículo 17 del Código Adjetivo Constitucional