Auto Supremo AS/0197/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2014

Fecha: 06-Jun-2014

Que, la Sentencia Constitucional Plurinacional 2077/2013 de 18 de noviembre, constriñe que “si de la

Que, la Sentencia Constitucional Plurinacional 2077/2013 de 18 de noviembre, constriñe que “si de la revisión de los antecedentes del proceso seguido por el accionante contra el BCB las autoridades demandadas advirtieron que no se respetaron las normas procesales en la etapa de admisión de la demanda y que a su criterio esas infracciones se tornarían en vicios procesales que afectan el orden público estaban plenamente facultados para anular obrados con la reposición respectiva y así lo hicieron al emitir el AS 414; empero, si bien cuentan con esa facultad privativa conferida por la ley, ello no implica que dicha determinación deba asumirse a sola existencia de una presunta infracción a una norma procesal, sino que toda invalidación de un acto procesal necesariamente deberá emitirse aplicando los principios que rigen para declarar la nulidad -principios de especificidad, trascendencia y convalidación- en la jurisdicción ordinaria”