Auto Supremo AS/0237/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2014

Fecha: 20-Jun-2014

Respecto a que no se habría precisado si la conciliación tiene valor de cosa juzgada,

Respecto a que no se habría precisado si la conciliación tiene valor de cosa juzgada, en el punto 3 del Auto de Vista, el Tribunal ad quem se ha expedido señalándose que no existe desconocimiento a la calidad de cosa juzgada de la conciliación, por lo que dicha denuncia tampoco es fundada; como no lo es su cuestionamiento a la fundamentación del fallo de segunda instancia, pues no le afecta a la motivación el hecho de que Tribunal ad quem comparta el razonamiento de la Juezas a quo y no efectúa aportes propios, en la medida en que se responda a los agravios motivadamente