CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 309 a 317, interpuesto por ángel Katusic Delic, contra el Auto de Vista Nº D-19/14 de 14 de enero de 2014 cursante de fs. 302 a 303, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de nulidad de testamento y otro, seguido a instancia del recurrente en contra de Krunoslav Katusic Delic y otros, la concesión de fs. 333, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial la ciudad La Paz, dicta el Auto Interlocutorio Definitivo signado con Resolución Nº 127/2012 de 08 de mayo de 2012 cursante de fs. 235 a 238 vta., de obrados, acogiéndose al incidente de fs. 217 y vta., declarando probadas las excepciones planteadas por Krunoslav Katusic Delic y la excepción ratificada por Jeannette Lila Córdova de Katusic
- Distrito :
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por el demandante y resuelta mediante
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Asimismo señala los antecedentes fácticos con los que dedujo su demanda, aduciendo que tomó conocimiento
- Añade que la Escritura Pública, que contiene la desheredación y el testamento menciona obligaciones que
- Posteriormente menciona la ausencia de diligencias esenciales, pues el decreto de fs
- Por ello se deduce haberse causado indefensión a su hermano Mario Katusic Delic que está
- A fs
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- Reitera que su pretensión fuera por nulidad de testamento, nulidad de desheredación, declaración de prescripción
- Las excepciones previas de fs
- Sostiene que el Auto de Vista otorga más de lo pedido al pronunciarse oficiosamente sobre
- 1
- Señala que los fundamentos de la nulidad se encuentran contenidos en el art
- Señala que la desheredación debe realizarse mediante sentencia declarativa y caduca a los dos años
- El art
- Por lo que solicita anular obrados hasta fs
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Consecuentemente, se dirá que el art
- Por lo que sobre el primer punto no se ha advertido perjuicio en contra del
- Sobre dicha acusación corresponde señalar que si bien el demandante interpone su demanda, por la
- El demandado Krunoslav Katusic Delic, por memorial de fs
- Posteriormente en atención a la excepción formulada, el Juez de primera instancia al resolver las
- Corresponde señalar que el “thema decidendum” que ha generado la emisión del Auto interlocutorio de
- Con la aclaración establecida, solo con la intención de precisar algunos institutos se dirá que
- De acuerdo a lo expuesto se dirá que el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
