Auto Supremo AS/0322/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0322/2014-RRC

Fecha: 15-Jul-2014

III.2. Sobre la denuncia de inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva


Con los antecedentes del motivo referido, y en función al precedente invocado por el imputado, cabe señalar que, de acuerdo al reiterado entendimiento asumido por este Tribunal, de conformidad al art. 416 del CPP, una de las principales funciones del “Tribunal de casación”, es uniformar la jurisprudencia, además de garantizar el principio de igualdad como derecho de todo justiciable y, en busca de concretizar dichas prerrogativas, es indispensable que el precedente que se invoque como contradictorio en el recurso, haya sido emitido ante una situación de hecho similar, pues de no ser así, no existiría base a objeto de realizar la labor de contraste entre los fundamentos del precedente invocado y los que contiene la resolución que se impugna; en el caso analizado, se evidencia que el imputado denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista al momento de confirmar la Sentencia, en relación a la decisión de condenarlo por el delito de Asesinato en grado de Tentativa, problemática absolutamente distinta a la analizada y resuelta en el caso del Auto Supremo 487/2005 de 15 de noviembre, que está referida a la imposibilidad existente el ordenamiento jurídico nacional, de aplicar la sumatoria o acumulación de penas, que es característica del derecho anglosajón, en el que un imputado efectivamente puede recibir una pena por cada delito cometido y que estas sanciones se sumen, pudiendo la pena en algunos casos superar los cien años de prisión; es decir, no se trata de una problemática o situación de hecho similar, que permita a este Tribunal realizar la labor de contraste entre ambas resoluciones y verificar si el fundamento o sentido jurídico que le asigna el Tribunal difiere entre una u otra resolución, razón por la cual el presente motivo deviene en infundado.

III.2. Sobre la denuncia de inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva