Auto Supremo AS/0353/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0353/2014

Fecha: 03-Jul-2014

POR TANTO:� La Sala Civil del Tribunal� Supremo� de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO:� La Sala Civil del Tribunal� Supremo� de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 parágrafo I, núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto por el art. 122 de la Constitución Política del Estado y los arts. 271 núm. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil,� ANULA� todo lo obrado sin reposición, debiendo la parte actora accionar su derecho ante la jurisdiccióncontencioso administrativa. Sin responsabilidad por ser excusable