El referido auto de vista motivó el recurso de casación en el fondo y nulidad
El referido auto de vista motivó el recurso de casación en el fondo y nulidad en la forma de fs. 309 a 313, interpuesto por Moisés Juan Porcel Loayza en representación de COCIDEPRO CHICHAS, en base a los siguientes argumentos que se sintetizan a continuación:
En el recurso de casación en el fondo, en apoyo del art. 253 incs. 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil, el recurrente inicialmente sostiene que el auto de vista vulneró los arts. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo, y 9 de su Decreto Reglamentario, con relación a los arts. 67 de la Ley General del Trabajo y 62 de su Decreto Reglamentario, en cuanto a la valoración de la prueba con relación a los arts. 158, 159, 167, 169, 178 y 196 del Código Procesal del Trabajo
En el recurso de casación en el fondo, en apoyo del art. 253 incs. 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil, el recurrente inicialmente sostiene que el auto de vista vulneró los arts. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo, y 9 de su Decreto Reglamentario, con relación a los arts. 67 de la Ley General del Trabajo y 62 de su Decreto Reglamentario, en cuanto a la valoración de la prueba con relación a los arts. 158, 159, 167, 169, 178 y 196 del Código Procesal del Trabajo
- Auto Supremo Nº 273/2014
- Sucre, 21 de agosto de 2014
- Expediente: SSA.II-PTS.273/2014
- Distrito: Potosí
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- En grado de apelación interpuesta, por el demandado de fs
- El referido auto de vista motivó el recurso de casación en el fondo y nulidad
- Que existe error en la valoración de la prueba de la confesión judicial, la inspección
- Acusa que se infringió el art
- Señaló además que el tribunal ad quem solo analizó la documental que cursa a fs
- Así también reclamó, referente al acta de conciliación, que no se quiso llegar a acciones
- Finalmente solicita que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 27/2014
- Sobre el recurso de nulidad en la forma, el juez a quo y el tribunal
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los argumentos del recurso de casación, para su resolución es
- Con relación al motivo de desvinculación laboral, de la revisión de antecedentes se advierte que:
- La problemática traída en casación para este apartado, radica en establecer si la desvinculación laboral
- En este contexto, de la revisión de la prueba adjuntada durante la tramitación del proceso,
- Sin embargo tal afirmación carece de todo valor probatorio, primero porque las supuestas infracciones alegadas
- Así, respecto a los indicios en los procesos laborales, referidos por la parte recurrente, por
- En cuanto al recurso de nulidad, la parte recurrente solicita que se anule obrados hasta
- Efectuando la revisión minuciosa de obrados, se evidencia que por memorial de fs
- Ahora bien, la nulidad solicitada no se adecua al principio de trascendencia antes definido, por
- En este contexto, en el caso de autos, y de la revisión de los antecedentes
- Por otra parte, es preciso recordar que, los derechos laborales de las trabajadoras y los
- Por los fundamentos expuestos, se concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
