Auto Supremo AS/0381/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2014-RRC

Fecha: 08-Ago-2014

Con relación al fondo del recurso, se advierte que el recurrente de manera confusa ampara


Con relación al fondo del recurso, se advierte que el recurrente de manera confusa ampara su recurso tanto en normas del Código de Procedimiento Penal, así como en las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, por lo que tomando en cuenta lo precisado en el acápite anterior de la presente resolución, dado el contenido de sus motivos, se establece que el recurrente ampara su recurso de casación en lo dispuesto por el art. 253 incs. 1), 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil, a los cuales corresponde remitirse a los fines del análisis del presente caso, debiendo precisarse que en el recurso de casación, ya sea en el fondo o en la forma según las previsiones establecidas por los arts. 253 o 254 del CPC, es de inexcusable cumplimiento el mandato del artículo 258 inc. 2) del CPC; es decir, la carga procesal del recurrente de citar en términos claros, concretos y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error; especificaciones que deben hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse en forma posterior