Auto Supremo AS/0381/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2014-RRC

Fecha: 08-Ago-2014

Respecto a la aplicación de los art


Respecto a la aplicación de los art. 339 y 344 del CC, el recurrente si bien realiza una transcripción textual de la primera norma, no explica por qué atribuye la calidad de deudor a las empresas ANSUR S.R.L. y A&T S.R.L., pues entre éstas y el querellante, sólo existió un contrato de prestación de servicios; así se tiene de los propios argumentos del querellante de los cuales se establece que con el fin de obtener un financiamiento a objeto de instalar su Planta de Ácido Sulfúrico, dio como anticipo la suma de $us. 4.000 por los servicios que debían prestar las empresas de los procesados