Auto Supremo AS/0012/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0012/2015

Fecha: 07-Ene-2015

Las recurrentes no cumplen con la adecuada técnica jurídica en la presentación de su recurso,

Respecto del sueldo promedio indemnizable, a fs. 50 a 53, 59 y 66 cursan dos planillas de sueldo del mes de noviembre y diciembre de 2009, en los cuales consta que dichas demandantes han recibido un sueldo indemnizable de Bs.830,05.-; asimismo, el formulario de pago de contribuyentes a la AFP cursante a fs. 47 a 49 y de 54 a 56, el cual constituye plena prueba conforme al 161 del Código Procesal del Trabajo y 19 de la Ley General del Trabajo, por lo que, el ad quem, al fijar este promedio indemnizable obro en estricto apego a la ley, compulsando la prueba y los hechos de forma correcta.
Las recurrentes no cumplen con la adecuada técnica jurídica en la presentación de su recurso, no precisan de qué manera fueron presuntamente infringidos o vulnerados sus derechos, menos aún demuestran error de hecho o error de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas, tampoco señalan la posible solución jurídica a la situación planteada, incurriendo en la prescindencia absoluta de los requisitos del art. 253 del CPC, por cuanto se limitan a glosar de manera general; sin ninguna precisión aspecto que impide al Tribunal Supremo ingresar a efectuar mayores consideraciones sobre el recurso de casación en el fondo