Auto Supremo AS/0069/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2015-RRC

Fecha: 29-Ene-2015

Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


I.1.1. Motivo del recurso

Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

Denuncia el recurrente que, el Tribunal de alzada incurrió en contradicción y falta de fundamentación, pues en el segundo considerando de la resolución impugnada, habría hecho referencia a los argumentos utilizados con motivo de fundamentar su recurso de apelación restringida, señalando la inobservancia y la errónea aplicación de la ley y la aplicación que pretendía; sin embargo, en el cuarto y quinto considerando, habría señalado incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal (CPP); asimismo, alega que la fundamentación no puede ser suplida únicamente con la relación de los argumentos que fueron motivo de su apelación restringida. Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 373 de 6 de septiembre de 2006, 410 de 20 de octubre de 2006 y 86 de 18 de marzo de 2008, referidos según el recurrente al deber de fundamentación de las resoluciones y que éstas no deben contener contradicciones. De la misma forma, refiere que la Resolución impugnada vulnera derechos y garantías constitucionales como se establece en los arts. 370 inc. 5), 124 y 398 del CPP, 8.2.h) del Pacto de San José de Costa Rica y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que consagran el derecho de toda persona a conocer los fundamentos de las resoluciones garantizándose el debido proceso.

I.1.2. Petitorio

El recurrente sin precisar su petición, dejó constancia de la presentación del recurso de casación, enfatizando que se convalidaron errores procedimentales y sustanciales.

I.2. Admisión del recurso

Mediante Auto Supremo 596/2014-RA de 21 de octubre de fs. 1127 a 1128 vta., este Tribunal declaró admisible el recurso de casación interpuesto por Fernando Iver Oviedo Tejerina