Lourdes Fernández Mamani de fs
Lourdes Fernández Mamani de fs. 58 a 59, responde señalando que además del capital, ambos socios aportaron en especie conforme la escritura de constitución Nº 143/2008, asumió la representación legal de la empresa hasta el 14 de septiembre de 2011, por testimonio Nº 941/2009 de 29 de abril transfirió su capital y desde esa fecha dejó de ser socia siendo que la responsabilidad legal la asumió el demandante y ella solo trabajó como contadora. El demandante tramitó el cambio de representante legal en la Alcaldía dejando a su exclusiva responsabilidad las obligaciones que la empresa asume como tal ante el SIN, ROE, AFP, FUNDEMPRESA y Alcaldía. Como contadora desconoce las determinaciones tomadas por los propietarios ya que ninguno de ellos se presentó a la oficina para asumir sus responsabilidades dejando a la de ella la situación de la empresa, debieron convocarle formalmente para la rendición de cuentas pero no lo hicieron, solo a través de la demanda conoce que la despidieron, sin embargo, no le hicieron llegar la revocatoria de poder ni memorándum por lo que renuncia a su fuente de trabajo haciendo entrega de la documentación. La empresa no cuenta con un manual de funciones y el poder le faculta para convocar a reunión de socios que es atribución específica del gerente
- Expediente: T – 42 – 14 – S
- Partes: Isaac Amos De La Cruz Gómez. c/ Lourdes Mamani Fernández
- Distrito: Tarija
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Lourdes Fernández Mamani de fs
- La Juez de Instrucción Primero en lo Civil de la ciudad de Tarija, por Auto
- Mediante memorial de fs
- La demandada, de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, la Juez de Partido Primero en lo Civil de
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que el actor bajo inventario realizado por Notario, trasladó los bienes muebles y equipos
- Respecto al considerando III, el Tribunal de Alzada, con relación a egresos como ser alquiler,
- Concluye señalando que recurre: a) por existir interpretación errónea de la prueba documental presentada y
- 1.De la revisión de los antecedentes del proceso, se tiene
- En el Auto de Vista, respecto al reclamo de la apelante en sentido de que
- 2.De la documentación y prueba cursante en obrados, se establece lo siguiente
- A través del informe económico de octubre de 2012, de fs
- 3.De la revisión de la normativa legal que vincula el caso, se tiene
- El art
- 4.Por los antecedentes y documentos referidos precedentemente, se concluye
- Lo mismo cabe señalar respecto de la adquisición de los equipos mobiliario y de computación
- Efectivamente, conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
