Mediante memorial de fs
Mediante memorial de fs. 158 a 160, el demandante aclara que su ex socia tenía obligaciones de administrar la sociedad, convocar a asamblea de socios, presentar declaraciones juradas de impuestos, presentar ante la asamblea estados financieros, balances de gestión, restar de las utilidades el 5% para constituir la reserva de la sociedad, rendir cuentas documentadas a los socios que motiva la presente demanda conforme al art. 164 del Código de Comercio. La demandada ha establecido otra empresa unipersonal a su nombre en las mismas oficinas de ECODEF SRL perjudicando a ésta por lo que se debe investigar los ingresos provenientes de los clientes que facturó en el tiempo de representante de la empresa. En el informe presentado por la ex socia existen partidas ilegítimas como son el estado demostrativo de ingresos, egresos, sueldos y salarios, aportes y retenciones, alquileres, pago de impuestos, servicios básicos, equipos de oficina y mobiliario, cálculo de beneficios sociales y nómina de clientes
- Expediente: T – 42 – 14 – S
- Partes: Isaac Amos De La Cruz Gómez. c/ Lourdes Mamani Fernández
- Distrito: Tarija
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Lourdes Fernández Mamani de fs
- La Juez de Instrucción Primero en lo Civil de la ciudad de Tarija, por Auto
- Mediante memorial de fs
- La demandada, de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, la Juez de Partido Primero en lo Civil de
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que el actor bajo inventario realizado por Notario, trasladó los bienes muebles y equipos
- Respecto al considerando III, el Tribunal de Alzada, con relación a egresos como ser alquiler,
- Concluye señalando que recurre: a) por existir interpretación errónea de la prueba documental presentada y
- 1.De la revisión de los antecedentes del proceso, se tiene
- En el Auto de Vista, respecto al reclamo de la apelante en sentido de que
- 2.De la documentación y prueba cursante en obrados, se establece lo siguiente
- A través del informe económico de octubre de 2012, de fs
- 3.De la revisión de la normativa legal que vincula el caso, se tiene
- El art
- 4.Por los antecedentes y documentos referidos precedentemente, se concluye
- Lo mismo cabe señalar respecto de la adquisición de los equipos mobiliario y de computación
- Efectivamente, conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
