Auto Supremo AS/0374/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0374/2015

Fecha: 27-Oct-2015

3

3.- Expresó que al valorarse la prueba documental, no se tomó en cuenta la de fs. 29 consistente en copia de correo electrónico que recibió la empresa Toledo & Carmona S.R.L. de parte de la empresa contratante YPFB ANDINA S.A. solicitando el detalle de los costos por los servicios de analista ambiental, por lo tanto se habría hecho una incorrecta interpretación del Decreto Ley (DL) Nº 16187 de 16 de febrero de 1979, en cuanto a la duración de los contratos a conclusión de obra