Auto Supremo AS/0374/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0374/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Que, el contrato se encasilla al art

Que, el contrato se encasilla al art. 3 del DL Nº 16187 “ En los contratos de trabajo de las empresas de consultoría y de construcción, el plazo del contrato de trabajo será hasta la terminación de la obra y/o de los trabajos específicos”, sin embargo de ello, la empresa demandada no presentó menos probó que su relación contractual de obra, dependía de la duración que antes había establecido con la usuaria ANDINA YPFB; es decir, no demostró documentalmente los alcances del mencionado contrato civil menos haber sido notificado con la conclusión del servicio que brindaba, en todo caso correspondía la notificación a la actora con el preaviso de ley