Auto Supremo AS/0388/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0388/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Bajo tal lineamiento, es incuestionable que el aludido principio, tiene plena aplicabilidad no solo en

Bajo tal lineamiento, es incuestionable que el aludido principio, tiene plena aplicabilidad no solo en el proceso penal, sino también en el proceso administrativo, por lo tanto en materia laboral, el empleador por un mismo hecho irregular en que haya incurrido su trabajador, no puede sancionarlo doblemente, evidenciándose que, es evidente que los vocales vulneraron el principio non bis in ídem, consolidando y judicializando la actuación arbitraria de la empresa demandada, sin valorar las pruebas de fs. 9 y 191, por no observar que el actor fue sancionado dos veces por el mismo hecho, en razón a ello, aplicaron indebidamente el art. 16.e) de la LGT y 9.2) de su DR, por lo que corresponde al Tribunal Supremo de Justicia rectificar el error y ordenar el pago de los beneficios sociales demandados