Auto Supremo AS/0388/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0388/2015

Fecha: 27-Oct-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo

Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación, no se ajusta a las normas legales en vigencia, correspondiendo resolver el mismo de acuerdo a los arts. 271.4) y 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por la permisión del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ de 24 de junio de 2010, CASA el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo declara probada la demanda, disponiendo que la empresa demandada cancele a favor del actor la suma de Bs.88.525.- de acuerdo a la siguiente liquidación:


DEL :01/09/2010
AL :29/04/2013
Tiempo de trabajo: 2 años, 7 meses, 29 días
SALARIO PROMEDIO: Bs.3.003,00.-

DESAHUCIO
SALARIO PROMEDIO TIEMPO IMPORTE (Bs)
30033 m.9.009
9.009

INDEMNIZACION
SALARIO PROMEDIO TIEMPO IMPORTE (Bs)
30032 años6.006
30037 meses1.752
300329 días242
TOTAL 8.000

AGUINALDO
SALARIO PROMEDIO TIEMPO IMPORTE (Bs)
30033 meses751
300329 días242
TOTAL 993

INAMOVILIDAD L. SUELDOS
300316 mesesBs.48.048

SUBSIDIOS
SALARIO PROMEDIO TIEMPO IMPORTE (Bs)
1200pre natal (5 meses)6000
1200natalidad (1 salario en efectivo)1200
1200post natal (12 meses) 14.400,00
TOTAL 21.600,00



VACACION
SALARIO PROMEDIO TIEMPO IMPORTE (Bs)
30037 meses/ 8,75 días876
876

En resumen se tiene lo siguiente:
DESAHUCIO9.009
INDEMNIZACION8.000
AGUINALDO993
INAMOVILIDAD L. SUELDOS48.048
SUBSIDIO21.600
VACACION876
TOTAL A PAGAR Bs.88.525.-

Más la multa del 30%, conforme dispone el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, a calcularse en ejecución de sentencia