Auto Supremo AS/0612/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0612/2015-RRC

Fecha: 07-Oct-2015

Remitida la causa al Tribunal Departamental este emitió nuevo Auto de Vista 195/15 de 03


Remitida la causa al Tribunal Departamental este emitió nuevo Auto de Vista 195/15 de 03 de junio de 2015, repitiendo in extenso lo esgrimido en el primer Auto de Vista que fue dejado sin efecto, en sentido que: Es evidente que de los siete sobres encontrados en poder de la imputada, sólo de dos se obtuvieron muestras para la prueba toxicológica, que tiene por finalidad determinar la presencia de sustancia tóxica, y medir la cantidad de droga ilegal contenida en la muestra seleccionada, que al ser siete sobres, debió haberse tomado una muestra de cada sobre para su identificación y caracterización, salvaguardando la verdad material; lo cual fue alegado por la imputada en juicio oral y en el recurso de apelación restringida, además que el Tribunal de Sentencia no realizó la descripción valorativa, descriptiva ni intelectiva de todas las pruebas desfiladas en el juicio, sobre todo de los sobres que no fueron sometidos a pericia toxicológica, disponiéndose directamente su incineración, no pudiendo por ello llegar al convencimiento conforme precisa el art. 173 del CPP, siendo evidente que no existió una valoración conjunta y armónica de toda la prueba probatoria, con sujeción a la reglas de la sana critica, la lógica y la experiencia, resultando que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba. Además, no se observó los parámetros establecidos en los arts. 124 y 173 del CPP, porque al haberse omitido el examen toxicológico de todas las evidencias no existe absoluta certeza del contenido de los mismos, al contrario se generó duda sobre el dictamen pericial de laboratorio, ya que el contenido de las sustancias pudieron corresponder a otros elementos químicos no relacionados al hecho, lo que constituye un defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP