Auto Supremo AS/0703/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0703/2015

Fecha: 05-Oct-2015

2) Sobre la Vacación señala que, la Sentencia sustentó su decisión en el art

2) Sobre la Vacación señala que, la Sentencia sustentó su decisión en el art. 33 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DR-LGT), dice, que en el caso presente se trata de un Contrato eventual de prestación de servicios conforme a normas administrativas y no así sujeto a la Ley General del Trabajo (LGT); por lo que, el Juez al considerar procedente dicha pretensión incurrió en error de derecho, error que hace notar el DS Nº 12058 de 24 de diciembre de 1974 y el art. 44 de la LGT, porque dichas normas estipulan la escala de vacación para empleados y obreros sujetos a la Ley General del Trabajo, pero no para los contratos administrativos suscritos dentro del DS Nº 29190 en el marco de la Ley Nº 1178, por lo que el Juez al realizar la apreciación de la prueba vulneró los arts. 3.j) y 179 del Código Procesal del Trabajo (CPT)