De la revisión del recurso de casación (fs
I.2 Motivos del recurso de casación
De la revisión del recurso de casación (fs. 116 a 119 vta.), se extrae lo siguiente:
1) En relación al aguinaldo señala que, la Sentencia refleja como fundamento el art. 2 del Decreto Supremo (DS) Nº 2317, concluyendo que los trabajadores tienen derecho a percibir el aguinaldo sea cual fuere la modalidad de contrato; para ello no se consideró que el Contrato de Prestación de Servicios Nº SLCO/005/2008 de 3 de marzo, responde a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (DS Nº 29190 vigente en la gestión 2008). Resalta que, dicho Contrato constituye Ley entre partes, en el que no establece el pago de aguinaldo durante su vigencia conforme a la cláusula tercera. Transcribiendo el contenido del art. 6 del Estatuto del Funcionario Público (EFP) y la SC 0614/2007-R de 17 de julio de 2007, afirma que, está clara la situación jurídica de Wilfredo Chávez Malala, que debió ser analizada al emitirse la Sentencia conforme dispone el art. 3 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
De la revisión del recurso de casación (fs. 116 a 119 vta.), se extrae lo siguiente:
1) En relación al aguinaldo señala que, la Sentencia refleja como fundamento el art. 2 del Decreto Supremo (DS) Nº 2317, concluyendo que los trabajadores tienen derecho a percibir el aguinaldo sea cual fuere la modalidad de contrato; para ello no se consideró que el Contrato de Prestación de Servicios Nº SLCO/005/2008 de 3 de marzo, responde a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (DS Nº 29190 vigente en la gestión 2008). Resalta que, dicho Contrato constituye Ley entre partes, en el que no establece el pago de aguinaldo durante su vigencia conforme a la cláusula tercera. Transcribiendo el contenido del art. 6 del Estatuto del Funcionario Público (EFP) y la SC 0614/2007-R de 17 de julio de 2007, afirma que, está clara la situación jurídica de Wilfredo Chávez Malala, que debió ser analizada al emitirse la Sentencia conforme dispone el art. 3 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
- CONSIDERANDO I
- En conocimiento del precitado fallo, Raúl Velasco Ramos en representación de AASANA, a través
- De la revisión del recurso de casación (fs
- Haciendo referencia al punto 2 del Instructivo Nº 152 de la gestión 2008 emitido por
- Concluye enfatizando que, no corresponde el pago de aguinaldo por la gestión 2008, porque las
- 2) Sobre la Vacación señala que, la Sentencia sustentó su decisión en el art
- Dice que, en esencia la Sentencia descansa en normas de la Ley General del Trabajo,
- Recalca que la Sentencia hizo mención al Certificado de Trabajo presentado en la demanda, otorgándole
- 4) Finalmente señala que, al trabar la relación procesal mediante el Auto de 8 de
- El recurrente pide que “con los argumentos señalados señor Juez, pido conceder el Recurso de
- CONSIDERANDO II
- Por su parte la SC 1916/2012 de 12 de octubre, estableció que: ”La casación es
- Finalmente corresponde hacer referencia a lo dispuesto por los arts
- En la litis, del recurso de casación que es motivo de análisis, se advierte que
- La labor del recurrente, conforme se puede apreciar de los argumentos que han sido extractados
- Por lo expuesto, corresponde resolver conforme lo advertido por los arts
