Auto Supremo AS/0729/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

La denuncia contenida está orientada a la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado,


Con relación al primer motivo, el recurrente esencialmente reclama que el Auto de Vista impugnado no es una Resolución debidamente motivada, ya que hace una simple transcripción de la parte dispositiva de la Sentencia, una relación de las audiencias suspendidas concluyendo que se habrían vulnerado los principios de inmediación y continuidad, que involucran al debido proceso.

La denuncia contenida está orientada a la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, en esa condición, revisada y analizada el Auto de Vista 79/2010 de 11 de octubre, se constata que contiene dos considerandos, en el primero se realiza una simple transcripción de la parte dispositiva de la Sentencia, en el que señala que contra dicha resolución los imputados “…interponen recurso de apelación restringida con los fundamentos expresados en el memorial de fecha 14 de junio de 2010” (sic), notificado el acusador particular “…responde al recurso interpuesto por memorial presentado en fecha 27 de julio del año en curso” (sic); en el segundo, indica que el Tribunal de alzada ejerciendo el control interno y externo de la Sentencia, revisado el acta de registro del juicio oral establece que, se suspendieron numerosas audiencias de juicio oral, pasando a citar las mismas, con la identificación de fechas, meses y motivos, concluyendo que se vulneraron los principios de continuidad e inmediación y conforme al Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007; a cuyo efecto, procedió a inhibirse del análisis de los aspectos cuestionados en la apelación