Auto Supremo AS/0734/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Con el subtítulo de “PRUEBAS PRODUCIDAS EN JUICIO”, haciendo una referencia de pruebas testimoniales y


Con el subtítulo de “PRUEBAS PRODUCIDAS EN JUICIO”, haciendo una referencia de pruebas testimoniales y documentales producidas de cargo, refiere: “Pruebas testimoniales de descargo: “No fueron ofrecidas” (sic), así como al hacer referencia a las pruebas documentales de descargo, detalla: “…certificado del REJAP, Certificado de la FELCC, (…) cuestionario para confesión judicial, memorial para interrogatorio, declaraciones testificales de Domingo Larico y Dionicia Lizonta Vda. de Paxi, acta de buena conducta (…) dos hojas de extracto de préstamo, memorial dirigido al juzgado 1ro de Partido en lo Civil…” (sic), para finalmente en la parte dispositiva resolver declarando autora y culpable de la comisión del delito de Apropiación Indebida prevista en el art. 345 del CP, condenándole a cumplir la pena de tres años de reclusión, resolviendo además “…que cuando concurren los requisitos señalados en el art. 366 del Código de Procedimiento Penal y las circunstancias y atenuantes generales establecidas en los arts. 38 y 40 del Código Penal, corresponde a la autoridad jurisdiccional aplicar la suspensión condicional de la pena…” (sic)