Auto Supremo AS/0734/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Se puede evidenciar que por memorial de fs


Se puede evidenciar que por memorial de fs. 23 a 25 vta. la imputada ofreció entre otros las siguientes pruebas documentales de descargo: PD-6, consistente en Pagos por concepto de amortizaciones bancarias al Banco Mutual de La Paz El Alto del Mercado 25 de julio de 5-I-1994 al 18-V-1998, (36 hojas, Anexo 3), PDA-21, consistente en informe Técnico, dirigido a Teodoro Pablo Delgado (Comprobante de Caja), PDA-23 Memorial (interrogatorio) presentado por Bonifacio Luna Huanca, PDA-25, Declaración Testifical de Dionicia Lizonta Vda. de Paxi, PDA-31 Auto de Vista 553/2005 de fecha 21 de octubre, dictada por la Sala Civil Tercera de la entonces Corte Superior del referido Distrito, finalizando el ofrecimiento de pruebas documentales hasta la prueba PD-33 consistente el memorial dirigido al Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial presentado por Bonifacio Luna Huanca y David Arguello Quiroz de 19 de enero de 2006 y sus notificaciones a Abigaid Quilo y Teodoro Pablo Delgado de 9 de mayo de 2006; y como pruebas testificales de descargo, entre otros ofreció como testigo de descargo al ciudadano Luis Antonio Pablo Cayoja