Auto Supremo AS/0734/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Tales recursos merecieron el pronunciamiento del Auto de Vista 562/10 de 9 de octubre, que


Tales recursos merecieron el pronunciamiento del Auto de Vista 562/10 de 9 de octubre, que declaró improcedentes los recursos; consecuentemente, confirmando la Sentencia, con el siguiente fundamento:

1) En respuesta a la denuncia de la parte acusadora con relación a los defectos de la Sentencia en relación al quantum de la pena, considera que los dos puntos de la apelación guardan relación y que en cuanto al primero sobre la inobservancia y/o errónea aplicación de la ley sustantiva se tiene que el Juez inferior en la Sentencia, en la parte referida a los motivos de hecho y de derecho en el numeral 7, claramente determina que en observancia de los arts. 38 y 40 del CP, se le impuso la pena de tres años, porque se tomó en cuenta los atenuantes de no existir antecedentes penales; en relación al segundo motivo, de la existencia de contradicción entre la parte considerativa y dispositiva, por no imponérsele una pena más alta, de conformidad al art. 346 Bis del CP, considera que se debe tener en cuenta que si en la parte considerativa se dice que se impone la pena máxima este es así, porque se le da tres años y se le condena por el delito de Apropiación Indebida previsto y sancionado en el art. 345 del sustantivo penal citado, que tiene una sanción de tres meses como mínimo y de tres años como máximo, así mismo se tiene en cuenta que el Juez dictó Sentencia de acuerdo al hecho acusado y que fuera demostrado en juicio