Auto Supremo AS/0764/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0764/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

b) Contra la mencionada Sentencia el representante del Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida


I.DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1.Antecedentes

a) Por Sentencia 03/2011 de 18 de junio (fs. 68 a 82), el Tribunal de Sentencia de Uyuni de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, declaró a: Grover Moreira Cruz, autor del delito de Hurto, previsto y sancionado en el art. 326 del CP, imponiéndole la pena de dos años de reclusión; José Miguel Colque Flores y Milton Muraña Cruz, autores del delito de Hurto en grado de Complicidad, previsto y sancionado en el art. 326 con relación al art. 23 de CP, imponiéndoles la pena de un año y seis meses, siendo concedido el beneficio del perdón judicial. También fueron absueltos por los delitos de Robo, Robo Agravado y Asociación Delictuosa, así como Noemí Vásquez Chauque, por todos los delitos atribuidos.

b) Contra la mencionada Sentencia el representante del Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida (fs. 85 a 94 vta.), resuelto por Auto de Vista 36/2011 de 17 de septiembre, emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, que declaró procedente el citado recurso, anuló la Sentencia apelada y dictó nueva Sentencia condenatoria contra los tres imputados por el delito de Hurto agravado, imponiéndoles la pena de tres años y seis meses de reclusión a Grover Moreira Cruz; tres años a José Miguel Colque Flores y Milton Muraña Cruz, manteniendo la absolución a favor de Noemí Vásquez Chauque