De lo anterior, se establece con total claridad, que el Tribunal de alzada, no tomó
Sin embargo, de la lectura del Auto de Vista recurrido, se establece que no contiene fundamentación alguna respecto a la imposición de la pena, pues aparte de realizar una breve fundamentación de los hechos probados y subsumir la conducta del recurrente al tipo penal de Hurto Agravado, no existe ninguna otra fundamentación relativa a la imposición de la pena, sino directamente ingresó a la parte dispositiva de la Resolución, en la que falló declarando culpable al recurrente y los otros dos imputados por el citado delito, quedando patentizada la denunciada falta de fundamentación en la imposición de una pena superior al recurrente con relación a la fijada a los otros imputados, pese a que todos fueron condenados por el mismo delito, sin que pueda advertirse las razones de hecho y derecho que justifiquen un trato diferenciado.
De lo anterior, se establece con total claridad, que el Tribunal de alzada, no tomó en cuenta los lineamientos establecidos en la amplia jurisprudencia citada en la presente resolución, además de la invocada por el recurrente, pues si bien le correspondía en aplicación de lo dispuesto por el último párrafo del art. 413 y art. 414 del CPP, corregir los yerros existentes en la Sentencia, respecto de la errónea subsunción de hechos al tipo penal acusado y la consiguiente imposición de la pena esta, debió ser con la debida motivación exigida por el art. 124 del CPP; por lo que, al establecerse la carencia de fundamentación en cuanto a la pena impuesta al recurrente en el fallo de mérito, corresponde a este Tribunal dejar sin efecto la resolución recurrida
- Por memorial presentado el 11 de octubre de 2011, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia el representante del Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida
- El recurrente denuncia, que el Auto de Vista impugnado es general e incompleto, carece
- El recurrente solicita que remitidos los antecedentes ante este Tribunal, en previsión del art
- II.1. De la Sentencia
- i) Grover Moreira Cruz, fue protagonista activo del hecho acusado, donde se involucró al
- ii) Los imputados no fueron procesados por otros delitos, no tienen antecedentes judiciales ni policiales,
- iii) El Robo agravado se tendría que haber llevado a cabo bajo las siguientes
- iv) Al apoderarse de los vehículos en circunstancias distintas en cada caso, los imputados no
- v) Grover Moreira Cruz, es autor del delito de Hurto en relación al
- El representante del Ministerio Público (fs
- Radicada la causa en la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito
- III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- “Constituye uno de los elementos esenciales del ‘debido proceso’ la correspondiente fundamentación de las resoluciones,
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la ‘legalidad’, cumple una
- Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
- Según Franz Von Liszt, ‘La pena es un mal que el juez penal inflige al
- “Que el espíritu de la nueva normativa procesal penal en consonancia con la doctrina contemporánea
- Actuar de manera contraria a la señalada precedentemente implicaría vulneración de las normas del debido
- Ahora bien, tratándose de incremento de la pena en la resolución del recurso de Apelación,
- III
- La imposición de la pena, corresponde a la autoridad sentenciadora, quien previa valoración de las
- En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
- b) La edad, es un factor que, dependiendo del caso, puede operar como agravante o
- Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
- c) La mayor o menor gravedad del hecho, que tiene que ver con lo previsto
- d) Circunstancias y las consecuencias del delito, que también deben ser consideradas en el caso
- La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
- Ahora bien, en lo que respecta a la primera etapa de individualización de la pena
- Sobre la obligación de fundamentar la imposición de la pena, existe amplia doctrina emanada por
- En grado de apelación restringida, corresponde al Tribunal de alzada, ejercer el control sobre la
- III.4. Análisis del caso en concreto
- Conforme se precisó en el presente caso, el imputado Grover Moreira Cruz, denuncia que el
- Al respecto, efectuada la verificación de argumentos esgrimidos por el Tribunal de alzada para sustentar
- De lo anterior, se establece con total claridad, que el Tribunal de alzada, no tomó
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
