Auto Supremo AS/0787/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0787/2015

Fecha: 09-Oct-2015

En casación Eduardo Arcienega Saavedra invocando el art

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos fallo
En casación Eduardo Arcienega Saavedra invocando el art. 253.3 del CPC, pide se case el Auto de Vista impugnado por considerar que las instancias precedentes transgredieron el art. 1311 del CC, al no haber valorado la documental de descargo que presentó al proceso, entendiendo que la misma no cumplió con el voto de aquel artículo; agregando, que al haber operado la segunda parte de esa norma, es decir, al no haber sido confutada la autenticidad de esa literal por la entidad coactivante, los de instancia no debieron restarle eficacia sino simplemente valorarla