Auto Supremo AS/0787/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0787/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Más adelante, el recurrente alega que el criterio de la Sentencia, sobre las pruebas de

Más adelante, el recurrente alega que el criterio de la Sentencia, sobre las pruebas de descargo, fue replicado por el Auto de Vista pues el Tribunal de alzada al considerar, basado en el art. 1311 del CC, que aquella incumpliese con requisitos normados al no estar autorizadas por el funcionario público tenedero del original y no fueran suficientes para desvirtuar los cargos por carecer de nitidez y poseer insuficiencias procesales, cuando fueron emitidas por la propia entidad coactivante y por medio de técnicas aceptadas en el mundo entero, siendo las mismas suficientemente legibles