En cuanto a las literales de fs
En cuanto a las literales de fs. 106 a 134 referidas al pago de impuestos que la Empresa realizó al SIN a partir de junio de 2003 a diciembre de 2004, no constituyen documentos idóneos para demostrar el tiempo de prestación de servicios de los actores, dado que sólo demuestra la existencia de una relación durante el tiempo que la misa parte afirma, y por el contrario no desvirtúa el tiempo no reconocido por esta y cuestionado hasta en casación
- Demandado: “Joint Venture” La Casa Mayor Military Catering R.C
- CONSIDERANDO I
- Que, las literales de fs
- Acusó también que, en el supuesto caso de haber existido relación laboral, los demandantes no
- Que, por las literales de fs
- Finalmente, señaló que en las instancias precedentes nunca se valoró las planillas de control y
- En mérito a lo expuesto, refirió que “correspondería admitir el presente recurso de casación de
- Que, así planteado el recurso de casación, se ingresa a su análisis con relación al
- Que, los demandantes, conforme las pretensiones deducidas, solicitaron sus beneficios sociales en montos mayores incluyo
- Por otra parte, se tiene el reclamo en sentido que los contratos de prestación de
- Que, las cartas notariales salientes de fs
- De la revisión de los antecedentes procesales, se puede evidenciar que la relación laboral de
- Por lo anotado, se concluye que el Tribunal de Alzada, al confirmar la Sentencia de
- Finalmente, en cuanto a las literales de fs
- En ese sentido, la falta de valoración probatoria extrañada por la Empresa recurrente en relación
- Finalmente, en relación a las pruebas de fs
- Como se podrá advertir, dichas planillas no demuestran las vacaciones supuestamente otorgadas a los trabajadores
- En cuanto a las literales de fs
- Por lo relacionado, y no siendo evidentes las infracciones acusadas por la Empresa recurrente, corresponde
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
