Auto Supremo AS/0795/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0795/2015

Fecha: 09-Oct-2015

En cuanto a las literales de fs

En cuanto a las literales de fs. 106 a 134 referidas al pago de impuestos que la Empresa realizó al SIN a partir de junio de 2003 a diciembre de 2004, no constituyen documentos idóneos para demostrar el tiempo de prestación de servicios de los actores, dado que sólo demuestra la existencia de una relación durante el tiempo que la misa parte afirma, y por el contrario no desvirtúa el tiempo no reconocido por esta y cuestionado hasta en casación