Finalmente, en cuanto a las literales de fs
Finalmente, en cuanto a las literales de fs. 192 a 195, que demostrarían que la Empresa denominada La Casa Mayor Asociados es diferente a la demandada, tal como se podría advertir de fs. 147 a 148; cabe señalar que, tal afirmación tampoco resulta cierta, por cuanto las literales de fs. 192 a 195 de obrados, corresponden a un anterior Auto de Vista Nº 328/2007, que fue anulada por el Auto Supremo 44 de 11 de febrero de 2009, de modo que no constituye un documento idóneo para demostrar su hipótesis; asimismo, las literales de fs. 147 a 148 de obrados, sólo corresponden a certificaciones de trabajo que otorgó el Comandante de la Fuerza de Tarea Conjunta FTC, de Chimoré, a favor del trabajador Mario Sirpa Tórrez, que tampoco pueden ser consideradas suficientes para probar su afirmación
- Demandado: “Joint Venture” La Casa Mayor Military Catering R.C
- CONSIDERANDO I
- Que, las literales de fs
- Acusó también que, en el supuesto caso de haber existido relación laboral, los demandantes no
- Que, por las literales de fs
- Finalmente, señaló que en las instancias precedentes nunca se valoró las planillas de control y
- En mérito a lo expuesto, refirió que “correspondería admitir el presente recurso de casación de
- Que, así planteado el recurso de casación, se ingresa a su análisis con relación al
- Que, los demandantes, conforme las pretensiones deducidas, solicitaron sus beneficios sociales en montos mayores incluyo
- Por otra parte, se tiene el reclamo en sentido que los contratos de prestación de
- Que, las cartas notariales salientes de fs
- De la revisión de los antecedentes procesales, se puede evidenciar que la relación laboral de
- Por lo anotado, se concluye que el Tribunal de Alzada, al confirmar la Sentencia de
- Finalmente, en cuanto a las literales de fs
- En ese sentido, la falta de valoración probatoria extrañada por la Empresa recurrente en relación
- Finalmente, en relación a las pruebas de fs
- Como se podrá advertir, dichas planillas no demuestran las vacaciones supuestamente otorgadas a los trabajadores
- En cuanto a las literales de fs
- Por lo relacionado, y no siendo evidentes las infracciones acusadas por la Empresa recurrente, corresponde
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
