Auto Supremo AS/0817/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0817/2015

Fecha: 23-Oct-2015

El mencionado Auto de Vista es recurrido en casación por medio de escrito saliente de

I.1.2. Auto de Vista
En grado de apelación deducida por el demandado como se destaca de memorial de fs. 208 a 211 vta., la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció del Auto de Vista descrito al exordio por el que confirmó la Sentencia apelada en todas sus partes.
Posteriormente, a través de memorial a fs. 229 y vta., el demandado solicitó complementación y enmienda, resuelta por Auto Nº 424 de 11 de noviembre de 2014, por el que el Tribunal de alzada declaró sin lugar a esa petición.
I.2. Motivos del recurso de casación
El mencionado Auto de Vista es recurrido en casación por medio de escrito saliente de fs. 232 a 234 vta., en el que previa reseña de antecedentes Andrés Avelino Salazar Escobar, plantea como motivos de su recurso:
Invocando el art. 254.4 y 7 del Código de Procedimiento Civil (CPC), acusa que, el Tribunal de alzada confirmó la Sentencia sin observar la existencia de pruebas claras que demostrasen que el actor abandonó su fuente laboral para ofrecer su trabajo a otra empresa a quien la parte demandada daba servicios terciarizados; pruebas –manifiesta- fueron presentadas dentro del término probatorio como así en el recurso de apelación