Auto Supremo AS/0817/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0817/2015

Fecha: 23-Oct-2015

Ya en materia, examinando los antecedentes del proceso, compulsados con el reclamo del recurso de

Ya en materia, examinando los antecedentes del proceso, compulsados con el reclamo del recurso de casación, la Sala asume convicción de que el reclamo es evidente, por cuanto, en el memorial de apelación la parte demandada, no sólo expresó su desacuerdo con el fallo de primera instancia, sino que planteó un agravio específico, cual fue, la improcedencia -a su juicio- de retiro intempestivo, y que al contrario habría sido el trabajador quién abandonó su fuente de trabajo, apoyando esa aseveración en tres documentales específicas, de cuyo contenido e indicación argumentó su interpretación y qué deberían probar, refutando que las mismas no hayan sido valoradas por el Juez de grado, más cuando -en su perspectiva- probarían de manera suficiente su posición. Tal extracto es claramente inmerso a fs. 209 vta., con el siguiente texto:
“[el demandante] habiendo fundido el motor el día 7 de diciembre del 2010, de la motoniveladora una vez fundió y entregado el motor al mecánico permaneció trabajando dos días mas, vale decir hasta el diez de diciembre…La documentación que respalda es el informe que cursa a fs. 61...donde informa que el señor Félix Pérez, después del diez de diciembre del 2010, comenzó a trabajar en la empresa constructora eco civil sudamericana, como operador de una motoniveladora…Certificación del mecánico, cursante a fs. 89 donde se demuestra que el motor se encuentra fundido, y que fue dejado…en fecha 08 de diciembre del 2010…recibo de pago de fs. 88…pagos de aguinaldo” (sic)