Auto Supremo AS/0928/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0928/2015

Fecha: 14-Oct-2015

En cuanto al reconocimiento de que solo el 25% del bien inmueble que es de


En cuanto al reconocimiento de que solo el 25% del bien inmueble que es de su propiedad no podría llevar a la conclusión de que el mismo sea rematado para que luego se le restituya el 25 % del monto del remate, cuando por la inspección judicial se tendría que su persona vive en la parte de inmueble de su propiedad y habría sido construida de su parte y el terreno no podría tener mayor uso debido a su irregularidad, por lo que no sería transigible que se remate el bien que le costó y seria su única inversión