Auto Supremo AS/0803/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

El Auto de Vista 27/2011 de 22 de noviembre, respondió a los agravios expresados en


El Auto de Vista 27/2011 de 22 de noviembre, respondió a los agravios expresados en el recurso de apelación restringida, y con relación a la falta e insuficiente fundamentación de la Sentencia, señaló que, respecto al punto cuestionado referido a la exigencia de motivación que permita a las partes conocer los argumentos por los que, su pretensión puede ser restringida o negada; así como, la fundamentación que resulta una garantía del justiciable que permita comprobar que la solución dada es consecuencia de una exegesis racional del ordenamiento y no fruto de una arbitrariedad, en esa tarea, el Juez debe exponer los razonamientos que han llevado a aplicar una determinada norma. En el caso, la Sentencia denota carencia de motivación y fundamentación e incurre en contradicciones por lo siguiente: En la parte de “Hechos probados” se aprecia contradicción respecto a los fundamentos jurídicos expuestos por el Juez; los cuáles, a su criterio, no constituyen motivación respecto del delito acusado, que requiere de varios elementos, entre ellos, invadir el inmueble y expulsar al poseedor, ya sea por la fuerza o por engaño; que del entendimiento de la norma del art. 351 del CP, no exige la concurrencia de todos los elementos establecidos, de manera conjunta; por lo que la conducta del imputado debe subsumirse en uno de ellos, sea de posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constitutivo. En consecuencia, que en el caso, se evidencia que no existe la fundamentación suficiente que respalde la afirmación del Juzgador