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    Auto Supremo AS/0813/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0813/2015-RRC-L

    Fecha: 06-Nov-2015

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    • Por memorial presentado el 27 de julio de 2011, cursante de fs
    • a) Desarrollado la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia de 26 de
    • Por Sentencia de 26 de octubre de 2010 (fs
    • En el primer considerando bajo el acápite “MOTIVACION DE LA SUBSUNCION DEL HECHO JUZGADO”, argumentó:
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    • Alego el recurrente, que el Juez de mérito no observó que el tipo penal de
    • Que, la Sentencia fue dictada sin incurrir en inobservancia o errónea aplicación del art
    • En el considerando noveno el Tribunal de alzada, señala que el recurrente no señaló en
    • El recurso de casación, interpuesto por Carmen Rosa Ovando Cervantes en representación de Rosendo Hurtado
    • III.1. Labor de subsunción penal y su control por el Tribunal de alzada
    • En el Auto Supremo 134/2013-RRC de 20 de mayo, este Tribunal Supremo de Justicia, respecto
    • Por tal razón, toda sentencia condenatoria se compone de dos operaciones, sin perjuicio de que
    • Por otra parte, debe tenerse presente que en el juicio sobre la observancia de la
    • Nuestro Código Penal Boliviano, entre las conductas típicas describe el Despojo en su art
    • Este tipo penal, prevé como sujeto pasivo a cualquier persona, que use como medio de
    • Respecto al medio no determinado y referido en nuestra normativa penal como “cualquier otro medio”,
    • El mismo autor refiere que la tenencia es: “Ocupación y posesión actual y corporal de
    • En cuanto al ejercicio de un derecho real constituido sobre un inmueble, partiremos por definir
    • A partir de las referidas definiciones, podemos concluir señalando que el tipo penal de Despojo,
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • La apoderada del querellante, en su recurso de casación alegó que el Tribunal de alzada
    • Denuncia que es evidente, pues el Ad quem en el séptimo considerando de la Resolución,
    • Que, de la norma transcrita se desprende que no necesariamente debe exigirse el cumplimiento de
    • Que, los Tribunales del país en materia penal deben tener presente al realizar la subsunción
    • En el mismo error incurre el Tribunal de alzada, cuando señala que el querellante no
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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