Auto Supremo AS/0813/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

Que, la Sentencia fue dictada sin incurrir en inobservancia o errónea aplicación del art


II.3.? Del Auto de Vista impugnado.

La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 82 de 10 de marzo de 2011, emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra, declarando admisible e improcedente la apelación restringida, bajo los siguientes argumentos expuestos en los considerandos séptimo y octavo:

Que, la Sentencia fue dictada sin incurrir en inobservancia o errónea aplicación del art. 351 del CP, que durante el juicio el querellante no demostró haber tenido la posesión del inmueble, puesto que en el caso de autos, no se dilucida el derecho propietario sino la eyección sufrida