Auto Supremo AS/0813/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

Nuestro Código Penal Boliviano, entre las conductas típicas describe el Despojo en su art


III.2. El Despojo.

Nuestro Código Penal Boliviano, entre las conductas típicas describe el Despojo en su art. 351, señalando que: “El que en beneficio propio o de tercero, mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, despojare a otro de la posesión o tenencia de un inmueble, o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes, (…)”